Modificación retroactiva de la manutención de los hijos
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Cuando los abogados y los jueces hablan de pagos retroactivos de la manutención de los hijos, se refieren a los pagos que el padre no custodio puede estar obligado a hacer, pero que aún no se le ha ordenado. Un ejemplo de este tipo de orden es una situación en la que el Tribunal ordena que la manutención de los hijos debe pagarse a partir de la fecha de separación, aunque la orden real no se haya firmado hasta dentro de varias semanas o meses. En el caso de los padres que no están casados en el momento del nacimiento del niño, el padre no custodio puede estar obligado a pagar la manutención desde el día en que nació el niño. El progenitor no custodio también puede tener que contribuir a los gastos pre o postnatales de la madre que no estén cubiertos por el seguro.
La manutención retroactiva no siempre es ordenada por el Tribunal, incluso cuando el padre con la custodia lo solicita. Una forma de evitar esta posibilidad es llevar el asunto ante el juez rápidamente. Cuanto más se espere para resolver el asunto, más probable será que el progenitor no custodio tenga que pagar la manutención retroactiva.
Manutención infantil retroactiva nc
Sec. 154.002. MANUTENCIÓN DE LOS HIJOS HASTA LA GRADUACIÓN DE LA ESCUELA SECUNDARIA. (a) El tribunal puede emitir una orden de manutención original, o modificar una orden existente, que disponga que la manutención de los hijos se pague después de que el hijo cumpla 18 años, sólo si el hijo está: (1) matriculado: (A) según el Capítulo 25, Código de Educación, en una escuela secundaria acreditada en un programa que conduzca a la obtención de un diploma de escuela secundaria; (B) según la Sección 130. 008, Código de Educación, en cursos para obtener créditos conjuntos de escuela secundaria y universidad; o(C) a tiempo completo en una escuela secundaria privada en un programa que conduzca a la obtención de un diploma de escuela secundaria; y(2) cumpliendo con:(A) los requisitos mínimos de asistencia del Subcapítulo C, Capítulo 25, Código de Educación; o(B) los requisitos mínimos de asistencia impuestos por la escuela en la que el niño está inscrito, si el niño está inscrito en una escuela secundaria privada. (b) La solicitud de una orden de manutención hasta la graduación de la escuela secundaria puede presentarse antes o después de que el hijo cumpla 18 años. (c) La orden de manutención periódica puede disponer que los pagos continúen hasta el final del mes en que el hijo se gradúe.
Pensiones alimenticias retroactivas en California
En el estado de Florida, ambos progenitores de un niño son responsables de proporcionarle apoyo financiero. Esto significa que el tribunal puede y es probable que ordene al padre no custodio que contribuya con el padre custodio. En algunos casos, se solicita una manutención retroactiva y se ordena por el tribunal.
Los pagos retroactivos son similares a los de la manutención ordinaria, salvo que se solicitan a posteriori. En el caso de la retroactividad, el tribunal puede ordenar que el padre no custodio pague hasta dos años de manutención solicitada. El tiempo posible para la manutención retroactiva incluye el tiempo desde la fecha de la separación hasta el momento en que la orden entró en vigor. Esto puede incluir la ayuda económica para la guardería, la escuela, los gastos natales o prenatales, etc. La manutención retroactiva puede ordenarse mientras el progenitor no custodio esté pagando también los pagos regulares. Se puede ordenar el pago de ambos al mismo tiempo. La retroactividad puede pagarse a plazos o en un solo pago.
Veamos algunos ejemplos. Si un padre tiene la custodia de un niño de cuatro años y aún no ha recibido la manutención, según la ley de Florida, el tribunal puede ordenar a la madre que pague hasta los 24 meses anteriores a la orden. Por tanto, los gastos que se hayan producido en los dos primeros años de vida del niño son obsoletos, pero siempre que ambos estuvieran separados antes de que el niño cumpliera dos años, podría aplicarse la manutención retroactiva por los 24 meses, o los dos segundos años de vida del niño.
Manutención retroactiva de los hijos después de los 18 años
La crianza de un hijo puede ser costosa, y ambos padres deben compartir esa carga financiera aunque ya no estén juntos. Si usted tiene la custodia de su hijo y no ha recibido ayuda económica del otro progenitor, podría tener derecho a una manutención retroactiva en Texas.
Si no ha recibido ningún dinero del otro progenitor en meses o años, podría tener derecho a obtener una manutención retroactiva. Los tribunales de Texas suelen concederla el mismo día que ordenan la manutención mensual ordinaria. Un padre puede deber manutención infantil retroactiva en Texas para pagar los gastos entre la fecha en que se presentó el divorcio en los tribunales y la fecha de la orden de manutención infantil.
Otro caso en el que podría obtener una manutención infantil retroactiva es si el padre no custodio no ha pagado ningún gasto del niño desde su nacimiento, en cuyo caso podría tener que pagar desde el nacimiento del niño.
Si el padre no custodio no ha ayudado económicamente, es el momento de averiguar cómo solicitar la manutención infantil atrasada en Texas. En primer lugar, familiarícese con algunas de las leyes sobre la manutención infantil atrasada, empezando por el número de años de fondos que se le pueden conceder.